Entidades de Bien Público
Requisitos para Subsidios a Instituciones de Bien Público
Se deberá presentar personalmente o por los medios habilitados una nota de elevación al Ente Regulador de los Servicios Públicos solicitando el beneficio, detallando:
- Las actividades que desarrolla la Institución: diferenciando las rentadas de las gratuitas.
- El origen de los fondos con que cuenta la Institución. Detalle de planes, programas, ayudas, etc.
- La población alcanzada por las actividades desarrolladas por la Institución. Ejemplos: ancianos, niños, madres, etc.
- Un número de teléfono de contacto.
- Fotocopia del Estatuto Societario.
- Fotocopia del Acta de Constitución de la Comisión Directiva vigente aprobada por Inspección de Personería Jurídica.
- Fotocopia de las facturas de servicios sanitarios y/o eléctricos.
- Estado de deuda por servicio emitido por Co.S.A.ySA.
A tener en Cuenta
¿Qué es un subsidio para Entidades de Bien Público?
El subsidio para Entidades de Bien Público es un descuento en la factura de los servicios de agua, luz y cloacas.
Las Entidades de Bien Público son todas aquellas que prestan servicios gratuitos a la sociedad como protección, amparo, educación, etc.
¿Cuál es el objetivo del subsidio?
Asistir a aquellas instituciones que reciben los servicios de agua, luz y cloacas.
¿Quién otorga el subsidio?
El Estado Provincial otorga el subsidio a los servicios sanitarios y/o eléctricos a través del Ente Regulador de los Servicio Públicos.